Constitución Política de la Ciudad de México · artículo 18, apartado A
La Ciudad reconoce el patrimonio histórico, cultural, inmaterial y material, natural, rural y urbano territorial como un bien común. Es la disposición de la que deriva todo el marco jurídico de protección.
Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural · artículos 51 y 52, 8 fracción I, 56 y 13 fracción V
Esta ley es la que convierte el reconocimiento en protección. Tres artículos explican qué es la declaratoria, quién la emite y quién la registra.
Qué es. Las declaratorias son los instrumentos jurídicos que garantizan la salvaguardia de los bienes, expresiones y valores considerados patrimonio de la Ciudad (artículos 51 y 52).
Quién la emite. La Jefatura de Gobierno, y se publica en la Gaceta Oficial (artículo 8, fracción I, y artículo 56).
Quién la registra y la difunde. La Secretaría del Medio Ambiente: le corresponde registrar, catalogar y difundir el Patrimonio Natural de la Ciudad de México (artículo 13, fracción V). Este sitio es el cumplimiento público de esa obligación.
Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial el 29 de octubre de 2020, con última reforma del 27 de octubre de 2022.